Pensiones de gracia del 18-O: Gobierno de Boric revocó a última hora beneficio por falso caso de trauma ocular

Pensiones de gracia del 18-O: Gobierno de Boric revocó a última hora beneficio por falso caso de trauma ocular

Cristián Aróstica Quispe había recibido hasta enero $24.872.836 como supuesta víctima de trauma ocular por una golpiza de Carabineros. El decreto de revocación sostuvo, en cambio, que declaró a un médico de la clínica de Atacama que recibió un piedrazo en su auto en 2019. La Corte de Apelaciones ratificó el cierre de su causa.


Lo nuevo. El 12 de enero de enero de 2026 —dos meses antes de que el Presidente Gabriel Boric dejara La Moneda—, el Ministerio del Interior terminó de tramitar el decreto que revocó la pensión de gracia del 18-O de Cristián Mauricio Aróstica Quispe, 45.

  • De acuerdo con la querella del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), Aróstica Quispe había perdido la visión en su ojo izquierdo tras sufrir una golpiza por parte de Carabineros durante una protesta en Copiapó, el 24 de noviembre de 2019.
  • El decreto exento 1.555 —firmado por Interior— sostuvo en cambio que “el informe médico, de 30 de noviembre de 2019, se contradice con el relato entregado por el señor Aróstica Quispe ante el INDH, donde indica haber sido agredido por funcionarios de Fuerzas Especiales”.
  • El punto 12 de la resolución dijo que el reporte “emitido por el médico residente UPC de la Clínica RCR de Atacama, adjunto en el expediente de acreditación del INDH (…), señala: ‘Paciente refiere golpe con objeto contundente a través del cristal de su automóvil, en ojo izquierdo, al ser asaltado en la vía pública mientras esperaba en su vehículo’”.
  • Este relato contradictorio, sumado al cierre de la causa en que figuraba como supuesta víctima, derivó en la cancelación del beneficio a Aróstica Quispe, sin anuncios públicos del gobierno saliente.
  • La Tesorería General de la República le transfirió el 16 de enero de 2026 —cuatro días después de la revocación— $347.434.
  • Aróstica Quispe alcanzó a recibir hasta enero un total de $24.872.836 —mostraron antecedentes solicitados a Tesorería vía Ley de Transparencia—, tras ser beneficiado con un ingreso mínimo no remuneracional por el gobierno del expresidente Sebastián Piñera.
  • La administración del expresidente Boric duplicó este monto.

Por qué importa. La revocación de Aróstica Quispe —quien en su LinkedIn se presenta como operador de maquinaria pesada y que tenía condenas por conducción en estado de ebriedad y hurto— se sumó a otras 33 firmadas antes del cambio de mando, como parte del controversial beneficio que hasta enero de este año había costado al estado $7.009.644.357 y que se ignora si el nuevo gobierno mantendrá.

  • La controversia de las 418 pensiones asignadas tras el 18-O —270 durante el gobierno de Boric y 148 en la administración de Piñera— proviene de la detección de falsas víctimas entre docenas de casos reales.
  • Entre estos últimos está el actual diputado Gustavo Gatica (Ind-PC), quien quedó ciego tras recibir un tiro policial en el rostro, estableció el fallo judicial de enero que, paralelamente, exculpó al comandante en retiro de Carabineros, Claudio Crespo.
  • En 2025, la fiscalía formalizó cargos por fraude de subvenciones en contra de dos hoy ex pensionados.
  • En 2024, el exmandatario ya había revocado una veintena de pensiones del 18-O.
  • El senador Andrés Longton (RN), quien ofició al gobierno pasado por el tema, comentó que “siendo los antecedentes de público conocimiento, donde insistimos mucho para que fueran revocadas, incluso con una comisión investigadora de por medio, cuesta comprender que por razones políticas probablemente no lo hayan hecho antes”.

La querella del INDH. El 25 de febrero de 2020, el INDH presentó ante el Juzgado de Garantía de Copiapó una querella contra quienes resultaran responsables del delito de torturas contra Aróstica Quispe.

  • El cierre. La causa se cerró en septiembre de 2023, luego de que la Corte de Apelaciones de Copiapó confirmara la resolución de primera instancia. La causa se vio en el tribunal de alzada por el rechazo del INDH a la decisión de la fiscalía de no perseverar.
  • La protesta. De acuerdo con la querella, “en Copiapó, el día 24 de noviembre del año 2019, a eso de las 20:30 horas aproximadamente, la víctima se encontraba participando de manera pacífica de las manifestaciones que se desarrollaban en el sector céntrico”.
  • Camionetas sin identificación. “Una vez que la marcha se detiene en la intersección de Avenida Copayapu con calle Chacabuco se hacen presente funcionarios de Carabineros de Chile, acompañados por diversos vehículos institucionales, particularmente el carro lanzagases, llamado comúnmente ‘zorrillo’, y dos camionetas sin identificación institucional de colores blanco y rojo”.
  • La supuesta golpiza. “Una de las camionetas obstruye el paso de la víctima, bajando de la misma dos funcionarios ‘de civil’, quienes lo detienen de manera violenta y comienzan a golpearlo de forma reiterada mediante puños, pies y con objetos contundentes, sin existir provocación”.
  • “Luego de golpearlo durante varios minutos, en la cabeza, y cuerpo, y cuando la víctima se encontraba tendida en el suelo, uno de los funcionarios, del cual se desconoce nombre y grado, indica ‘déjenlo nomas, si ya le pegué’”.
  • El hospital. “Acto seguido, la víctima es socorrida por Jorge Gómez Morales, ciudadano que lo conocía, trasladándose en automóvil particular hasta el Hospital Regional de Copiapó”. Luego fue llevada a Santiago.
  • Pérdida de visión. “La gravedad del actuar policial que se ha venido manifestando tuvo como gran consecuencia la pérdida completa de la visión de su ojo izquierdo”, dijo la querella.

La respuesta del INDH. Consultados por el caso, el organismo contestó por escrito que “el INDH en ese momento ponderó el conjunto de antecedentes reunidos, entre los que se encontraba la documentación remitida por diversos recintos de salud y el informe del Protocolo de Estambul, que acredita las lesiones, y que fue realizado por el Servicio Médico Legal en el marco de la investigación judicial que involucraba a esta persona”.

  • “El INDH ha señalado que su tarea se centraba exclusivamente en recabar estos antecedentes, y que no tenía competencias para acreditar lesiones o conceder pensiones de gracia”.

Lea el decreto de revocación:

 

 

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